miércoles, 24 de abril de 2013

PENSIÓN DE VEJEZ, EXCEPCIÓN PREVIA "FALTA DE INTEGRACIÓN DE LITISCONSORCIO NECESARIO", PARTE PASIVA/ FALTA DE INTEGRACIÓN A LA LITIS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO- no es necesaria cuando lo alegado para su integración se centra en el trámite administrativo para la expedición de un bono pensional (reiteración de línea jurisprudencial CSJ, Rad. 15977)/ FALTA DE INTEGRACIÓN A LA LITIS DEL ISS- la excepción aludida no está llamada a prosperar, pues al cuestión litigiosa no se resolvería de manera uniforma para Porvenir S.A. y el ISS, en atención a que solo una de ellas va a responder por la pensión de vejez solicitada. Audiencia Pública de Alegatos y Fallo celebrada el 13 de marzo de 2013, dentro del proceso ordinario laboral instaurado por Ángel Padilla Argel contra Porvenir S.A., radicación Nro. 00069 de 2012; M.P. Carmelo Ruiz Villadiego.

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